lunes, diciembre 05, 2022

NOTICIA 2182ª DESDE EL BAR: LA ECOLOGÍA EN LA CONSTITUCIÓN

 Volvemos a celebrar otra fiesta de la Constitución y, como vengo haciendo desde hace años, aprovecho para reflexionar sobre alguno de los artículos, ayudar a conocerlo y ponerlo en relación a la actualidad. Este año parece que lo lógico sería dedicarme al articulo sobre la composición del Consejo General del Poder Judicial y a través de él los tribunales como el Tribunal Constitucional, o quizá a todo el capítulo entero dedicado al poder judicial. Ha querido no la coincidencia, sino la mala fe política, que en este 44º aniversario se cumplan cuatro años, ni más ni menos, que el poder ejecutivo con la oposición no hayan renovado este tribunal. Es obligación mandada por la Constitución que ejecutivo y el partido mayoritario de la oposición renueven este importante tribunal que vela por la garantía democrática del país y que tiene capacidad para tumbar leyes o para sentenciar gravísimos casos de corrupción o de delitos políticos. Cuando el Partido Popular fue sacado del gobierno por una moción de censura transcendió hace cuatro años una grabación donde entre gente de este partido decían que podrían controlar al gobierno manteniendo a los miembros que ellos eligieron en su día para este Consejo y los tribunales derivados. Parece ser que así lo han hecho, yendo contra el espíritu de la Constitución referente a cómo se debe renovar. Usando el hueco que tenían han prolongado esta renovación cuatro años, y puede que lo hagan hasta las elecciones del 2023, la legislatura entera en la que no gobiernan ellos. El Consejo y los tribunales derivados como este podrían tener capacidades de derribar algunas leyes que han sido ganancias sociales. No es ninguna locura, sin ser el mismo caso, hemos visto como en Estados Unidos, por ejemplo, unos tribunales controlados por los conservadores eliminaban el derecho al aborto. Pues imaginemos algo similar en España si al final este Consejo no solo no se renueva como la Constitución manda con miembros elegidos por gobierno y oposición, sino si excediendo eso, solo se renueva cuando en el gobierno se sienten de nuevo el Partido Popular, lo que habría ocurrido es que el Partido Popular habría forzado que este poder judicial solo pudiera estar en manos de personas que les simpaticen a ellos, y al acabarse el periodo de estar en funciones, tendrían las manos libres para tumbar todo aquello que cada uno crea que es el objetivo, o para aliviar algunos casos de posible gran corrupción. Es quizá uno de los gravísimos problemas de nuestro sistema hoy día, aunque nadie de la calle común le preste gran atención y la mayoría ni sepa de qué va todo esto, resumiéndolo en su pensamiento que todos quieren medrar y nada más.

Es más que suficiente esto como para hacer el comentario este año, pero creo que en España, como en el resto del mundo, ocurre algo aún mucho más grave: el cambio climático. Por ello hay que atender a qué dice nuestra Constitución en vigor desde 1978. El artículo más expresamente referente a la ecología es el 45. Dice así: 

Artículo 45
1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

 No se puede decir que no hubiera en la década de 1970 una concienciación mundial de los problemas ecológicos, no obstante organizaciones no gubernamentales ecologistas como Greenpeace nacían en esa década haciendo importantes acciones polémicas denunciando gravísimos comportamientos industriales y gubernamentales que atentaban contra la ecología. Más aún, con la crisis del petróleo de 1973 comenzó un debate más profundo entre los Estados y las grandes empresas sobre la necesidad de tener energías renovables. A fecha de hoy, como se puede ver, poco se ha hecho, o al menos no lo suficiente.

 En España se estaba en otra cosa, en el cambio político y social de una dictadura militar con elementos civiles, a una monarquía parlamentaria constitucional y democrática por sufragio universal de hombres y mujeres mayores de edad. No es que aquí se fuese ciego ante los problemas ecológicos, sino que había otra prioridad y también había cierto astigmatismo en la población general que asociaba la ecología a movimientos tipo hippy que no habían cuajado en España tanto como en otros lugares a causa de la represión de Franco hacia este tipo de jóvenes. Lo común era considerarles piojoso y bárbaros, en algunos casos: "comehierbas". Así de llano. Pero es incierto que no hubiera una conciencia ecológica. Esta comenzaba a ser más profunda y menos estereotipada gracias a una iniciativa de Televisión Española que le dio una oportunidad a Félix Rodríguez de la Fuente para presentar una serie de documentales llamada El hombre y la Tierra. Comenzó a grabarse en 1974 y empezó su emisión fundamentalmente en 1975. Se prolongó dos temporadas y estuvo emitiéndose repetidas veces hasta 1980, siendo en los últimos años que ha sido recuperada esporádicamente por algún canal de televisión digital gratuita y por la cadena pública La 2 cuando ocurre el aniversario de la muerte accidental del propio Félix Rodríguez de la Fuente. Esta serie fue orientada a fomentar el conocimiento de la fauna, flora y espacios verdes de España. A esta fuente divulgativa tan popular se sumó una serie documental de ecología marina de producción francesa, cuyo protagonista era Jacques-Yves Cousteau. Se llamaba La odisea Costeau y se transmitió de 1977 a 1979, aunque tenía solo siete capítulos. En todo caso, esta persona tenía documentales desde 1957. Se hizo muy popular. Así que la televisión fue un elemento primordial en el conocimiento ecologista en España, aunque este conocimiento no se orientaba tanto en los problemas y las posibles soluciones, si no en el fomento de la riqueza de flora y fauna y los problemas que estos tenían, tipo caza furtiva. en algunas mentes, incluso, pudo haberse desarrollado una especie de orgullo nacional de flora y fauna, más que de sensibilidad medioambiental, no obstante, tras el éxito del conservacionista Félix Rodríguez de la Fuente, unos años más tarde el éxito vendría de crear un programa de documentales llamado Jara y sedal, orientado a la caza y la pesca y por tanto a la riqueza medioambiental a conservar con la excusa de la actividad de cazar y de pescar, algo que iba en sentido contrario a la idea de Rodríguez de la Fuente.

El artículo 45 de la Constitución, se encuentra un tanto desfasado dado el punto en el que hemos llegado en el cambio climático y también dados los compromisos internacionales adquiridos incluso dentro de la Unión Euopea en la lucha por la mejora de la ecología. Solo el punto 45.1 es lo suficientemente vago para que se interprete de una manera tan libre que si alguien quisiera construir un campo de golf extrayendo tierras muy fértiles para poner otras menos fértiles pero más útiles para el césped de este deporte, se podría hacer, en tanto en cuanto un campo de golf podría interpretarse también como un espacio vede. O en un caso cercano, en Alcalá de Henares, si el paseo del río Henares está considerado un espacio verde natural a conservar por la propia Unión Europea, y tú sin eludir su calificación de espacio verde jugaras con esta a modo que planearas poner tirolinas, pasarelas, chiringuitos, embarcaderos, lugares donde realizar conciertos y lo que viene a ser actividad económica, pues ese río seguirá teniendo denominación verde y sin socavar el artículo 45 se estará cumpliendo con la ley, pero en la práctica se habría producido una invitación a una potenciación de la actividad humana en esa zona que podría dar paso a la desnaturalización. Por ello mismo el artículo 45.1 resulta muy vago y quizá necesita que se profundice en un articulado o en una legislación a la que remita el artículo mucho más precisa y severa para que los espacios naturales puedan seguir siendo naturales, no solo denominados verdes.

 Se debería reforzar así porque en el ejemplo dado, por seguirlo, al decirse que todos tienen el derecho a disfrutar de estos espacios, se puede interpretar que para disfrutarlo hay que asfaltar un camino para pasear o ir en bicicleta, cuando eso en realidad va acabando con un auténtico bosque de rivera como existe en este río a su paso por Alcalá, aunque mermado por el urbanismo de los barrios colindantes. El artículo 45.2 reforzaría esta idea en manos de las instituciones, al poder ejercer en ellas y ocurra que puedan creer que el mejor disfrute no sea recibir un beneficio de la naturaleza en sí misma, sino solo si se pueden hacer actividades y por tanto modificar la naturaleza para ponerla al servico de la idea que surja en torno a construir tal o cual cosa que implique un uso humano lesivo para flora y fauna, pero en nombre de la flora y fauna. Bien es cierto que la segunda parte del 45.2 habla del deber de defender, conservar y restaurar el medio ambiente, lo que pudiera usarse de herramienta en los tribunales por parte de oposición o de los ciudadanos que crean que se hace lo contrario. Ante un conflicto así, ya sea en el ejemplo dado o en otros de otro lugar de España, quien decide podría ser el Tribunal Constitucional dado que el conflicto sería dirimir si se cumple correctamente o no con un mandato constitucional. Ya hemos visto cómo está este tribunal actualmente y sus problemas, está en funciones y si surgiera un caso así hoy, no podría hacer nada mientras no se renueve y deje de estar en funciones. Entre tanto la administración que toque podría seguir haciendo y haciendo, pues nada se lo impediría.

También es cierto que existen otros artículos de la Constitución, como los dedicados a la organización territorial que remiten a las administraciones de las comunidades autónomas a velar por sus montes, campos y litoral.

El punto 45.3 es menos vago, más directo y en ese sentido parece más comprometido a la conservación medioambiental, si bien remite a lo que sería el Código Civil o al Código Penal en torno a esas personas físicas o jurídicas que atenten ecológicamente. Los numerosos incendios provocados habidos en los bosques españoles este año harían que los culpables fueran personas que atentaron contra la naturaleza y este artículo les señala claramente como personas sancionables en la medida en la que las leyes legislen, pero culpables, en ningún caso inocentes.

En una hipotética reforma constitucional se pudiera pensar en una mejora y ampliación de los temas ecológicos presentes en ella, incluso tocando el asunto de las personas o entidades más contaminantes o sobre las formas de producción y uso de las fuentes de energía. También es cierto que esto puede recogerse sin necesidad de reforma constitucional, sino con la del Código Civil o/y la del Código Penal, o con legislaciones creadas en concreto con ese objetivo y en común con la Unión Europea.

La Unión Europea juega un papel importante. Fue por ella que las grandes ciudades europeas peatonalizan sus centros urbanos en la búsqueda de la mejora de la calidad del aire, o bien se crean electrodomésticos de bajo consumo energético, o también se prohibió la fabricación de bombillas incandescentes para cambiarlas por otras más ecológicas, o se ha acordado el final de la fabricación de coches de combustión para el año 2030 en suelo europeo (lo que supondrá la sustitución de estos coches paulatinamente según estos vayan siendo sustituidos por sus propietarios a partir de tal año y se haya vendido el último coche de gasolina o diésel). Sin embargo, no todo son bienes venidos de Europa. Fue la legislación de la Unión Europea la que hizo que entrase y se impusiese la pesca de arrastre en los mares, arrasando masivamente con una gran cantidad de especies, y de paso hundiendo algunas economías familiares y de pequeñas empresas pesqueras de las costas españolas, siendo que la pesca de arrastre es mucho más practicada por las grandes empresas, se pierde así también la pesca tradicional, más respetuosa con el mar.

Hay que recordar, no obstante, que en lo ecológico no todo es legislar y es la acción y forma de vida y hábitos particulares de cada persona y familia, su concienciación y responsabilidad son los que más pueden hacer dentro de la pequeña escala de cada uno, anticipándose a la legislación habida o por haber o necesaria de haber.

Saludos y que la cerveza os acompañe.

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